Limitan en la Ciudad la práctica de deportes colectivos a un máximo de 10 personas
La resolución abarca a todos los deportes colectivos realizados al aire libre.
Publicada el abril 28, 2021
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Se limitó la práctica de deportes colectivos al aire libre en la Ciudad a un máximo de 10 personas en total.
Así lo establece la RESOLUCIÓN N.º 67/SECDCI/21 publicada esta mañana en el Boletín Oficial porteño.
Ante la situación epidemiológica actual, y debido a la necesidad de reducir al máximo la movilidad y el encuentro de personas en distintos ámbitos, la Ciudad decidió avanzar en limitar la práctica de deportes colectivos a no más de 10 personas, los cuales deberán llevarse adelante con sus correspondientes protocolos sanitarios.
Entre las medidas de cuidado contempladas en el protocolo se destaca:
- Mantener la limpieza de manos y desinfectar los elementos a utilizar antes y después de cada práctica.
- Realizar la actividad en todo momento al aire libre, mantener el uso del tapaboca siempre, salvo al momento puntual de desarrollar la actividad física.
- Evitar asistir a la actividad con acompañantes.
- Las instituciones deportivas deberán manejar un sistema de turnos para evitar aglomeraciones en sus instalaciones, tomar la temperatura a toda persona que ingrese y deberán tener un listado de todos los participantes que concurran a hacer actividad física con sus correspondientes números de contacto.