Percepción del 35% por la compra de dólares: AFIP ya habilitó el sistema para pedir la devolución
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el lunes el mecanismo para que los empleados en relación de dependencia y jubilados puedan informar las percepciones del 35% que les practicaron por la compra de dólar ahorro, pagos en pesos de consumos con tarjetas de crédito en moneda extranjera, compra de pasajes con destino al exterior y compra de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, entre otros rubros.
Para realizar el trámite, se debe ingresar al servicio Siradig Trabajador, “Agregar Retenciones / Percepciones / Pagos a Cuenta” y “Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020” en el sector del Formulario F.572 Web.
Las percepciones sufridas entre el 16 de septiembre y el 31 de diciembre del año pasado podrán ser informadas por los empleados hasta el próximo 31 de marzo y deberán ser consideradas por los empleadores cuando realicen la liquidación anual del Período Fiscal 2020.
En tanto las percepciones del 35% ocurridas en 2021 recién se incluirán en la próxima liquidación anual o final en caso que la relación de dependencia finalice antes que el periodo fiscal.
El empleador devolverá las percepciones hasta el límite del importe de las retenciones que le practicó al empleado. Es decir que si el empleador no le practicó retenciones del impuesto a las Ganancias a su empleado, no se le devolverá importe alguno en el recibo de sueldo. En este caso, el trabajador deberá solicitar la devolución a la AFIP a través del mecanismo previsto en la RG (AFIP) 4815 o mediante el régimen habitual de devolución de saldos a favor.
Fuente: Minuto Uno